Indice de Estado de Derecho WJP 2025: Venezuela Ultima del Mundo con 0.26/1.00 y Justicia Penal en 0.11/1.00
Objective
Situar a Venezuela en el Indice de Estado de Derecho del World Justice Project 2025: ultima posicion mundial (143 de 143 paises) con puntuacion global de 0.26/1.00, justicia penal en 0.11/1.00 y limites al poder del gobierno en 0.17/1.00, basado en encuestas a mas de 1,000 hogares y mas de 4,000 profesionales por pais.
Methodology
Utiliza una metodologia de encuesta global estandarizada que combina Encuestas de Poblacion General (GPP) administradas a mas de 1,000 encuestados por hogar por pais con Cuestionarios de Respondentes Calificados (QRQ) completados por mas de 4,000 profesionales del derecho, la judicatura y la salud publica dentro de cada pais.
00, evaluando el desempeno del estado de derecho, las restricciones institucionales y la percepcion de corrupcion en 143 paises y jurisdicciones de todo el mundo.
Findings
00, ubicandose en el puesto 143 de 143 paises a nivel mundial (la ultima posicion del mundo) y 32 de 32 en America Latina y el Caribe. 00 (puesto 143/143 global). 00 (puesto 143/143 global). 00 (puesto 143/143 global). 00 (puesto 140/143 global).
El perfil completo muestra que Venezuela ocupa la ultima posicion mundial en los factores estructurales del estado de derecho que sostienen la reconstruccion democratica e institucional del pais.
Key Assumptions
- •Las encuestas GPP y QRQ son representativas de las experiencias reales
- •La metodologia estandarizada permite comparacion entre 143 paises
- •Los 44 subfactores capturan las dimensiones esenciales del estado de derecho
Limitations
- •Las percepciones de encuestados pueden estar influidas por coyuntura politica
- •El acceso limitado a zonas rurales puede sesgar la muestra venezolana
- •El indice mide percepcion y experiencia, no resultados legales objetivos
Discussion
Discussion (1)
La persistencia de estos indicadores en el nivel mínimo global confirma una erosión estructural donde las instituciones han dejado de ejercer sus funciones básicas, convirtiéndose en instrumentos de control en lugar de garantes de derechos. Ante esta consolidación de la discrecionalidad administrativa, ¿qué mecanismos de rendición de cuentas podrían activarse desde la sociedad civil si el marco legal ya no reconoce la separación de poderes?
